En el marco de la Ley 27.350, que establece un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo de la planta de cannabis y sus derivados, y de cara a la promulgación de una ley que regulará la producción de cannabis en el país, surge el Programa de Investigación y Desarrollo en Cannabis.
A) Proyectos de investigación orientados
Admite propuestas para la generación de conocimiento científico relacionado con los usos terapéuticos del cannabis y sus derivados, que redunden en mejores oportunidades para el desarrollo de esta disciplina a nivel nacional, provincial y municipal, y que contribuyan a la resolución de problemáticas, a partir de la innovación tecnológica, en un sentido amplio. Para consultar los ejes temáticos, ingresa en las Bases y Condiciones en el apartado Descargas, al pie de la página.
Los proyectos podrán ser presentados por las instituciones del sistema científico y tecnológico que integren el Consejo Interinstitucional de Ciencia y Tecnología (CICyT) https://www.argentina.gob.ar/ciencia/cicyt u organismos públicos científicos y tecnológicos de jurisdicciones provinciales y/o municipales.
B) Proyectos asociativos entre el sistema científico-tecnológico y gobiernos nacionales, provinciales, municipios, organizaciones de la sociedad civil, oenegés y cooperativas
Admite propuestas que vinculen a los organismos de referencia con el sistema científico en proyectos de investigación y desarrollo (I+D) que apoyen a instituciones públicas —en todos sus niveles— y a cooperativas, organizaciones de la sociedad civil y ONG, en la búsqueda de soluciones que requieran del conocimiento científico o el desarrollo tecnológico para su implementación. De este modo, se espera que impulsen el desarrollo local, regional y nacional en torno a la industria del cannabis y sus derivados.
Montos a financiar
– Modalidad A: Los proyectos no podrán superar los 10 millones de pesos.
– Modalidad B: Se financiará hasta el 70% del monto total del proyecto. El monto máximo no podrá superar los 10 millones de pesos.
En ambas modalidades, los presupuestos deben ser estrictamente justificados en el plan de trabajo, en función de los requerimientos de la propuesta y ser fundamentados de acuerdo con las actividades a desarrollar. Por lo tanto, se solicita que los gastos y los fondos requeridos estén rigurosamente planificados.
Los valores expresados son máximos. Por lo tanto, las propuestas pueden solicitar montos inferiores, sin menoscabo de su relevancia.
Más información en el siguiente link: https://www.argentina.gob.ar/ciencia/sact/pidc/modalidades-de-presentacion-de-propuestas